sábado, 18 de junio de 2011


NUCLEO PROBELMICO N° 3

PREGUNTAS GENERADORAS
INVESTIGACION EN LA ESCUELA


  1. ¿QUÉ ELEMENTOS SE DEBEN TENER EN CUENTA EN LA ELABORACION DE PROGRAMAS CURRICULARES (LEGALES, ADMINISTRATIVOS, PEDAGOGICOS?
 R/. Dentro de la elaboración de un programa curricular de cualquier área, hay que tener en cuenta los siguientes aspectos legales, administrativos y pedagógicos:
MARCO LEGAL: 

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA (ARTÍCULOS 67-68) donde se hace referencia al derecho a la educación. “La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes”.

 Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN (Referenciar: ley 115/94, decreto 1860/94, Resolución 2343/96- Decreto 1290/09).

ARTÍCULO 5: FINES DE LA EDUCACIÓN,  estos se deben acoger a la asignatura correspondiente. Para el caso de lengua castellana encontramos los siguientes:
1.  El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le ponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos. 
2.   La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.
5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos, y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales, adecuados para el desarrollo del saber.
7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.
9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico, y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural, y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.
11. La formación de la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.

TITULO 2: ARTÍCULO 13 OBJETIVOS COMUNES A TODOS LOS NIVELES
El objetivo primordial de todos y cada uno de los niveles educativos el desarrollo integral de los educandos mediante acciones estructurales encaminadas a:
a. Formar la personalidad y la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes;
b. Proporcionar una sólida formación ética y moral, y fomentar la práctica del respeto a los derechos humanos;
c. Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y la responsabilidad;
d. Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de los sexos, la afectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica y responsable.
e. Crear y fomentar una conciencia de solidaridad internacional;
f. Desarrollar acciones de orientación escolar, profesional y ocupacional;
g. Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo.
h. Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos.

TÍTULO 2: SECCIÓN 2, LEY 115, ARTÍCULOS  20, 21, 22, 23.
Artículo 20: Objetivo general de la educación básica:
b) Desarrollar las habilidades comunicativas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar y expresarse correctamente.
Artículo 21: Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de primaria:
c) El desarrollo de las habilidades  comunicativas básicas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar y expresarse correctamente en lengua castellana y en lengua materna, en el caso de los grupos étnicos con tradición lingüística propia, así como el fomento por la lectura.
Artículo 30. Objetivos específicos de la educación media académica.
h) “El cumplimiento de los numerales b, art 20.c del 21” Artículo 21: Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de primaria
 d) El desarrollo de la capacidad para apreciar y utilizar la lengua como medio de expresión estética.
Artículo 22: Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de secundaria:
b) La valoración y utilización de la lengua castellana como medio de expresión literaria y el estudio de la creación literaria en el país y en el mundo.
Artículo 21: Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de primaria
m)  La adquisición de elementos de conversación  y de lectura al menos en una lengua extranjera.
Artículo 22: Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de secundaria.
i)      La comprensión y capacidad de expresarse en una lengua extranjera.

Por otra parte se deben tener en cuenta los estándares, logros e indicadores de logros para los grados de educación básica y media.

MARCO ADMINISTRATIVO:
1. IDENTIFICACIÓN
Institución educativa
2. UBICACIÓN Y CONTEXTO
Ubicación en la estructura y contexto institucional
Justificación

3. ESTRUCTURA DEL PLAN CURRICULAR
Perfil de ingreso
Perfil de egreso
Propósitos
Propósito general
Objetivos particulares
Ejes y líneas de desarrollo
Organización del plan de estudios
Mapa curricular
4. INFRAESTRUCTURA
Local
Mobiliario
Servicios generales
Recursos Financieros

5.  PERSONAL
Académico
Operativo
Administrativo
Apoyo tecnológico
Currículum de docentes

6. CALENDARIZACIÓN


MARCO PEDAGOGICO:

Dentro de la elaboración del programa curricular se deben tener en cuenta como mínimo los siguientes aspectos: Descripción, objetivos, contenido, actividades de enseñanza, aprendizaje, apoyos, recursos físicos y humanos,  y evaluación.


  1. ¿CÓMO HAN SIDO DISEÑADOS LOS PROGRAMAS CURRICULARES EN LAS INSTITUCIONES OBSERVADAS?
      R/. Para responder a esta pregunta debemos entender en primera instancia qué es el diseño curricular; recordemos entonces que el currículum tiene  tres dimensiones las cuales responde a:
§  El diseño curricular.
§  El desarrollo curricular.
§  La evaluación curricular.
 Ahora bien por diseño curricular se entiende como una dimensión que revela la metodología, las acciones y el resultado del diagnóstico, modelación, estructuración, y organización de los proyectos el cual al tiempo prescribe una  concepción  educativa determinada que, al ejecutarse, pretende solucionar problemas y satisfacer necesidades y, en su evaluación, posibilita el perfeccionamiento del proceso de enseñanza-aprendizaje. (Arnaz J., 1981).
 Por consiguiente el diseño curricular es método el cual en su contenido explica cómo elaborar la concepción curricular mediante un proceso de elaboración que donde cuyo proceso queda plasmado en documentos denominados curriculares los cuales muestran como poner el método en práctica y como evaluarlo.
 Entendido lo anterior nos referiremos a lo estipulado en el decreto 230 en el titulo “Normas técnicas curriculares”1 tal cual lo explica el documento “desde 1993, la Ley 60 de 1993 sobre distribución de competencias y recursos había incorporado en su Artículo 5º la expresión Normas Técnicas Curriculares, sin que las normas posteriores, incluida la Ley General de Educación, hicieran alusión a las mismas, hasta que vuelven a mencionarse en
La Ley 715/01”2 el documento explica que estas normas técnicas curriculares tienen que ver con criterios, preceptos, pautas, guías, modelos y procedimientos que reglamentan al currículo, lo que común mente se responde: al qué, al porqué, al cómo, cuándo, para qué, a quiénes y con quiénes, de los procesos de enseñanza y de aprendizaje.
 En dicho sentido, los contenidos, los objetivos, logros e indicadores de logros, los lineamientos curriculares, las competencias y ahora los estándares, pertenecen a la denominación Normas Técnicas Curriculares debido a la connotación que presentan en materia de criterios, pautas, modelos y por supuesto los procedimientos.
 Sin embargo los investigadores de la educación han intentado ir más allá para poder responder a los cientos de interrogantes que surgen en el ámbito educativo. Lo anterior quiere decir que toda institución educativa debe profundizar en los temas expuestos y continuar con una investigación que permita mejorar la calidad de la enseñanza.
 Ahora bien, para diseñar programas curriculares, la institución debe tener en cuenta los distintos cambios que se han presentado a través de la historia de la educación para de esta manera comprender las leyes que se imponen  en pro del mejoramiento de lo que se conoce como calidad educativa y cuestionarse sobre su propio trabajo mediante la implementación de proceso de investigación y evaluación constante.

  1. ¿CUÁLES HAN SIDO LOS CAMBIOS CURRICULARES DURANTE LAS ULTIMAS TRES DECADAS EN COLOMBIA?
R/. El MEN consideró la pertinencia de ajustar la normatividad en materia de currículo, evaluación y promoción de estudiantes y la evaluación institucional como componentes vitales del servicio público educativo.
Es por ello, que en 1975 surge un proceso que revoluciona la educación el “Programa Nacional De Mejoramiento Cualitativo De La Educación”, cambiando la forma de valorar al estudiante, pasando de una evaluación cuantitativa  a una cualitativa e informes descriptivos. Este innovador programa contaba con 3 subprogramas:
1.    Mejoramiento de los currículos
2.    Formación y perfeccionamiento de docentes
3.    Producción y distribución masiva de materiales y medios educativos
De igual modo, propuso trabajar los fundamentos del currículo (filosóficos, psicológicos, epistemológicos, sociales, pedagógicos y legales) y los enfoques de las áreas con metodologías generadoras de desarrollo y habilidades de pensamiento; institucionalizándose (MEN) estos fundamentos generales del currículo.
Luego, el Decreto ley 088 del 22 de enero de 1976, art. 8 establece la promoción automática de un grado a otro (primaria) en todas las instituciones del país.
Posteriormente, el MEN mediante el Decreto 1419 de 1978establece las normas y orientaciones básicas para la administración curricular en los niveles de educación preescolar, básica, media vocacional e intermedia profesional. Siendo así, que el Decreto 1419/78 estableció unos fines, unas características especificas del currículo, unos componentes curriculares en los programas, retomados luego, por la Ley 115/94 la cual rige actualmente la educación.
Por su parte, el Decreto 1002 del 24 de abril de 1984 establece El Nuevo Plan De estudios para educación preescolar, básica y media vocacional en todos los planteles educativos del país, dejando de ser un simple experimento; además, dentro de sus objetivos se le otorga un gran lugar a la familia y a la comunidad en el logro de los fines de la educación. Este decreto sobresale por una orientación escolar, vocacional y establece la no autorización de jornadas continuas en los centros educativos.
Teniendo presente este Decreto el MEN establece el sistema evaluativo y de promoción (Res. 17486/84) siendo esta flexible en los grados 1º, 2º, 3º y de 4º hasta 11º el año se dividió en cuatro (4) periodos de igual duración; las evaluaciones se calificaban numéricamente de 1-10, donde se habilitaba una nota no inferior a cuatro (4) y se perdía y repetía el año si se perdían 3 o más materias con un promedio inferior a 6.
Después el Decreto 1469/87 reglamenta el art, 8 del Decreto 088/76 sobre promoción automática para lo que se debían de adelantar actividades de recuperación. Encontrando una escala de calificación de excelente, Bueno, Aceptable e insuficiente; también reglamenta la constitución del comité de evaluación.
A partir, de la Ley 115/94 la cual retoma el Decreto 1419/78 se presentan ciertos cambios en la educación con el propósito de organizar el sistema educativo y propender por una mejor calidad la educación.
El primer paso fue establecer la educación como un derecho de la persona y un servicio público que tienen función social, donde son responsables el estado, la sociedad y la familia; así mismo, busca una formación integral de la persona humana. Por otro lado, la Ley plantea que el PEI debe ser trabajado con autonomía de acuerdo a las necesidades de cada institución, que el concepto de evaluación ya no remite sólo a estudiantes sino que ahora también acoge la evaluación docente, administrativa e institucional.
De igual modo, el MEN expone la regulación del currículo a través de los lineamientos y los indicadores de logros (Res 2343/96).
En fin, en las últimas tres décadas se ha luchado por dar prioridad a una mejor calidad de la educación en Colombia y en América Latina.


4.    SEGÚN LA FUNDAMENTACION DEL DECRETO 230 DE 2002 ¿EN QUE CONSISTE EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACION?
R/. Consiste en promover un cambio significativo en la educación, en cuanto a mejorar las deficiencias en calidad, es decir, qué tipo de escuela queremos, sobre qué valores la construiremos, qué procesos pedagógicos se privilegiarán (en el más amplio sentido) y qué vínculos estableceremos entre calidad educativa y proyecto de sociedad, satisfacer las necesidades en materia de currículo, evaluación, promoción de los educandos y evaluación institucional; por ello se espera que este texto pedagógico sea pertinente para que las instituciones consoliden y fortalezcan el proceso educativo, y de esta manera se optimice la calidad del servicio educativo para un mejor desempeño del individuo en el contexto en el cual está inmerso.

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